6 prácticas laborales en los centros de trabajo para eliminar la discriminación de las mujeres en el empleo

 

En México la discriminación laboral por razón de género es una de las prácticas sociales que más prevalecen dentro de los centros de trabajo, lo cual es un reto para cada mujer. Solteras, casadas, con hijos, sin hijos u orientación sexual, amas de casa, empresarias, emprendedoras, líderes o políticas, todas las mujeres estamos expuestas a sufrir algún tipo de discriminación en el mercado laboral actual.

 

Erradicar todas las formas de discriminación en el trabajo es una tarea de todos, por la simple razón de que la Constitución y los tratados internacionales así lo establecen. En cualquier centro de trabajo de la República Mexicana, mujeres y hombres tienen derecho a no ser discriminados en el empleo, a tener una jornada laboral decente, bien remunerada, libre de violencia y de discriminación, que les permita tener una proyección profesional segura.

 

Antes de iniciar, definamos qué es la discriminación laboral por razón de género. En la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) se reconoció la violencia de género como “una forma de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de la mujer de gozar de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”. Esto genera desde luego una violación a los derechos humanos subsistiendo los estereotipos de género que niegan la dignidad, la autodeterminación y el derecho al desarrollo de personas.

 

Con el objetivo de propiciar un ambiente de igualdad y no discriminación en el ámbito laboral y reconocer las buenas prácticas laborales en los centros de trabajo de los sectores público, privado y social, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) impulsó la NMX-R-025-SCFI-2015, en colaboración con el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).

Ahora bien, ¿cómo los centros de trabajo pueden contribuir a erradicar la discriminación laboral para las mujeres? La respuesta es: integrando, implementando y ejecutando dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación que contribuyan a impulsar el desarrollo de las mujeres trabajadoras. Para ello, la NMX-R-025-SCFI-2015 señala que los centros de trabajo podrán certificarse de manera voluntaria en igualdad laboral y no discriminación, tomando en cuenta las 6 prácticas laborales siguientes:

 

  1.     Contar con una política de igualdad laboral y no discriminación en el centro de trabajo.

 

  1.     Contar con comité encargado de la vigilancia del desarrollo e implementación de prácticas de igualdad laboral y no discriminación.

 

  1.     Contar con un proceso de reclutamiento y selección de personal sin discriminación y con igualdad de oportunidades.

 

  1.     Realizar una auditoría interna de estado actual en igualdad laboral y no discriminación.

 

  1.     Medir el clima laboral y no discriminación en el centro de trabajo.

 

  1.     Mecanismos y regulaciones para prevenir, atender y sancionar las prácticas de discriminación y violencia laboral en el centro de trabajo.

Las primeras cinco prácticas son de los considerados requisitos críticos y obligatorios para la certificación, y la sexta es uno de los requisitos no críticos pero de mayor puntaje para la norma, pues resulta necesario aplicar sanciones a las prácticas de discriminación y violencia laboral que se presenten en el centro de trabajo.

Aplicando estas recomendaciones se logrará impulsar la creación de ecosistemas que influyan positivamente en los siguientes rubros:

 

  •       Incrementará la participación de las mujeres en el mercado de trabajo.
  •   Sumará al índice de profesionalización de las mujeres tanto en lo académico como en lo laboral.
  • Se desvinculará progresivamente las creencias de no competitividad de las mujeres en comparación con los hombres.
  •       Se favorecerá la remuneración igualitaria por su trabajo.
  •       Prevalecerán escenarios de trabajo flexible.
  •       Prevalecerá la oferta de cuidado infantil de los hijos de las trabajadoras.
  •       Mejorará las políticas de licencias de maternidad y paternidad.
  •   La decisión de cada mujer de salir a buscar una oportunidad de empleo se desvinculará de situaciones como el matrimonio, la maternidad, crianza de los hijos o el desempleo de cónyuge.

 

La Suprema Corte ha resuelto que los trabajadores sí están legitimados para demandar a una empresa o institución porque sus actos internos resulten discriminatorios (AD 47/2013 y ADR 3186/2016), lo cual sería una consecuencia de no tomar medidas para que prevalezca el derecho a la no discriminación laboral o de no eliminar la desigualdad entre mujeres y hombres en el centro de trabajo.

Según la Encuesta Nacional de Ocupación del Empleo en el 2019, las mujeres tuvieron 56% menos de probabilidades de permanecer en un empleo formal que los hombres. Y un 63% más de probabilidades de ser empresarias en el sector informal, luego entonces es en los centros de trabajo donde se limita su crecimiento laboral.

Las empresas e instituciones que asumen el compromiso con la igualdad laboral y la eliminación de la discriminación de las mujeres trabajadoras contribuyen a la construcción de una sociedad más incluyente y un impacto positivo para su empoderamiento en el mundo laboral, pero la tarea emana desde la conciencia, empatía y sororidad de la sociedad. Te invitamos a certificar a tu centro de trabajo en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, somos expertos.